Descalificación de viviendas

Te informamos de manera gratuita si tu vivienda permite la descalificación voluntaria.

Nos encargamos de:

1 Consulta a la Dirección General de la Vivienda y Rehabilitación

Realizamos una consulta gratuita a la Dirección General de Vivienda para determinar con precisión si podemos proceder con el inicio del proceso o no. Esto es posible siempre y cuando hayan transcurrido 15 años y un día desde la fecha de calificación definitiva.

2 Iniciamos el proceso de descalificación

Una vez que hayamos confirmado que tu vivienda cumple con los requisitos necesarios para comenzar el proceso de descalificación voluntaria, el primer paso es presentar los documentos requeridos a la Comunidad de Madrid. En este punto, nosotros nos encargaremos de recopilar toda la documentación necesaria y tramitarla, por lo que tu solo tendrás que proporcionárnosla.

3 Presentarnos a cada organismo

La Comunidad de Madrid nos proporcionará una carta de trámite que contendrá información detallada acerca de los organismos a los que debemos dirigirnos, tales como el Ayuntamiento, Hacienda Pública, Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana (Ministerio de Fomento), o La Agencia de Vivienda Social. Cada uno de estos organismos nos indicará si es necesario reembolsar ayudas o bonificaciones y la cuantía correspondiente.

4 Devolución de ayudas

Te ofrecemos asistencia en el proceso para realizar los pagos pertinentes, y en caso de que no sea necesario reembolsar ayudas, este paso se omite.

5 Resolución Oficial

Una vez hayamos completado la devolución de todas las ayudas, informaremos a la Dirección General y adjuntamos los resguardos de cada organismo, junto con otros documentos necesarios. Posteriormente, recibiremos una resolución oficial que determina la descalificación de la vivienda.

6 Registro de la Propiedad

Una vez obtengamos la resolución, nos encargaremos de dirigirnos al Registro de la Propiedad para proceder con la inscripción de la descalificación. En este punto, realizaremos el modelo 600 correspondiente, ya que aunque esté exento, es necesario presentarlo para evitar demoras.

7 Nota simple actualizada

Obtendremos la descalificación ya inscrita, una nota simple actualizada donde conste que la vivienda es libre y la correspondiente factura. El plazo máximo que tiene el registro de la propiedad para cancelar la anotación como vivienda protegida es de 15 días hábiles desde su presentación en el registro de la propiedad.

8 ¡Listo! Ya puedes vender a precio libre

Una vez tu vivienda ya ha sido descalificada, ya puedes firmar la compraventa al precio de una vivienda libre. Sin embargo, nosotros solemos empezar la venta al mismo tiempo que el proceso de descalificación. Nuestra base de datos de clientes ya conoce la duración del proceso de descalificación. En este caso descalificamos la vivienda a COSTE CERO!

 

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